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La fiesta cívica de las elecciones demanda que los votantes emitan el sufragio haciendo pleno uso de conciencia, para eso es que el Código Electoral contempla la Ley Seca.
Dicha prohibición entrará en vigencia a partir de las cero horas del sábado 3 de febrero y concluirá a las cero horas del martes 6 de febrero.
El artículo 284 del Código Electoral prohíbe de forma expresa la venta, distribución y consumo de bebidas embriagantes.
Quienes opten por violar esta dispocisión serán sancionados con multas equivalentes a un salario mínimo, es decir, $365 según el artículo 253 del Código Electoral.
De modo que la recomendación de las autoridades es que el público acate la medida, de lo contrario tendrá que pagar una multa.