Con 58 votos, la Asamblea Legislativa aprobó disposiciones transitorias para la exención del pago de derechos e impuestos por la introducción de bienes nuevos para viajeros procedentes del exterior.
La medida, que estará vigente desde el próximo 1 de diciembre y se mantendrá hasta el 31 de enero de 2026, les permitirá introducir vía área, terrestre o marítima bienes nuevos, cuyo valor en aduana no supere los $3,000, un monto superior a lo que permite la Ley de Equipajes de Viajeros Procedentes del Exterior.
El decreto aprobado por los legisladores establece que a los beneficiarios se les exonerará del pago de derechos e impuestos, incluido el de la transferencia de bienes muebles y a la prestación de servicios (IVA).
Entre los productos que podrán introducir están las prendas de vestir, medicinas, libros, instrumentos de profesión u oficio, instrumentos musicales, artículos de uso personales, entre otros.
Las personas que quedaron excluidas de este beneficio son los transportistas, los gestores de encomiendas, así como los oficiales y tripulantes de todo medio de traslado que efectúan un tráfico regular de pasajeros y mercancías entre El Salvador y cualquier lugar del exterior cuando ingresen en ejercicio de su actividad.