Los diputados de la Asamblea Legislativa reformaron, con 57 votos, la Ley Penal Juvenil; ahora los menores que cometan delitos graves cumplirán condenas en centros penales de adultos.
Los menores de edad pertenecientes a pandillas y procesados por delitos mayores, como homicidios, secuestro y tráfico de armas serán trasladados a cárceles de adultos.
Con esto se evitará que reciban el mismo tratamiento penal de quienes han cometido delitos de menor gravedad o delinquido de manera aislada o eventual.
Al ser trasladados hacia los centros penales comunes, estos jóvenes serán separados en pabellones hasta que cumplan 18 años. Una vez tengan la mayoría de edad, deberán ser sometidos al régimen general de adultos.
Además, con la reforma se regularán los Centros Preventivos y de Cumplimiento de Penas (donde se recluye a menores de edad) y a la autoridad administrativa encargada de estos.
Los diputados consideraron que muchos de los menores infractores retoman su organización criminal al salir de los centros penitenciarios, por lo que no cumplen con la reinserción en la sociedad, como lo ampara la normativa vigente.
Antes de reformar la ley, los parlamentarios agregaron una disposición especial que establece que los adolescentes con medida cautelar o pena de internamiento por delitos comunes continuarán cumpliendo su pena conforme a la Ley Penal Juvenil, Ley Crecer Juntos, Ley Integral de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia y otras normativas aplicables para cumplir con la reintegración social.