Como una medida de última hora, Guatemala declaró Estado de Calamidad Pública, la noche de este viernes, por el aumento de casos de coronavirus COVID-19 en la población joven, informó el presidente de ese país, Alejandro Giammattei.
“La variante Delta es altamente contagiosa, está provocando nuevos brotes y con gran preocupación hemos visto el incremento de casos graves en gente joven, muchos de ellos con consecuencias letales”, dijo el mandatario a través de redes sociales.
Ante la situación, el presidente guatemalteco dijo que en Consejo de Ministros decidieron declarar Estado de Calamidad Pública en todo el territorio de Guatemala, por un plazo de treinta días, que estará enfocado específicamente en la adopción de medidas para la contención de la pandemia.
Giammattei explicó que están enfocándonos en aquellas actividades donde se concentra la mayor cantidad de contagios como reuniones sociales o recreativas, no esenciales. Por lo que durante el plazo del Estado de Calamidad Pública se establecen las siguientes medidas de atención y prevención:
- Se limitará la locomoción a partir de las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente, con las excepciones que quedarán establecidas a partir de las disposiciones presidenciales que serán publicadas mañana.
- Los aforos deberán cumplirse de acuerdo a lo ya establecido por el Ministerio de Salud en el tablero de alertas sanitarias vigente. Hago énfasis en que es fundamental respetar las medidas de bioseguridad como el uso correcto de la mascarilla y la higiene de manos, entre otros.
- Se limitan las concentraciones de personas, se prohíbe o suspende toda clase de espectáculos públicos y cualquier clase de reuniones o eventos, conforme las disposiciones presidenciales.
- Se exceptúa de esta disposición a las manifestaciones públicas, cuando se lleven a cabo con la notificación debida, cumpliendo con las medidas sanitarias necesarias y que garanticen la libertad de locomoción de terceros.
- Se establecen precios mínimos y máximos para los artículos, bienes, suministros o servicios que tengan algún tipo de relación en la prevención, tratamiento, contención y respuesta al virus identificado como SARS-CoV-2 y sus variantes, que provocan la enfermedad del COVID-19.
Asimismo, el presidente expresó que el Ministerio de Gobernación deberá elaborar y aplicar planes de seguridad pública y encargarse de todo lo relativo al mantenimiento del orden público y la seguridad de las personas y de sus bienes.
Mientras que todas las acciones administrativas, médicas, migratorias y de seguridad que se efectúen conforme el presente Decreto Gubernativo deberá realizarse observando el máximo respeto, integridad y garantía de los derechos humanos de las personas.
Para dar validez legal a todo lo estipulado, el mandatario convocó al pleno del Congreso de la República para que conozca, ratifique, modifique o impruebe el presente Decreto Gubernativo.