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Por: Redacción El Blog
22 marzo, 2021

Tomado de La Noticia SV (Primera Parte).

Cuando se piensa en el licenciado Martín Rogel Zepeda, lo primero que puede venir al pensamiento de tantos magistrados, jueces, empleados judiciales, fiscales y litigantes que han tenido alguna cercanía con él, es la figura de un hombre metódico, que prefiere las actividades familiares, aficionado a las ciencias naturales y matemáticas; sin embargo, en el trasfondo la realidad oculta mucho más de lo que evidencia, pues se está en presencia de una especie de “Custodio” de intereses políticos y económicos que controlan desde hacer varios años los destinos del Sistema Judicial, en los que su figura se alza como el “común denominador” en procesos penales de trascendencia nacional a través de los tres Tribunales de Segunda Instancia con competencia en asuntos penales en la jurisdicción de San Salvador; y también a través de su participación como magistrado suplente de la Sala de lo Constitucional.

Nacido el 30 de enero de 1965, fue asentado en el Registro Municipal bajo el nombre de Martín Rogel
Zepeda. Cursó estudios superiores en la Facultad de Derecho de la Universidad de El Salvador, donde se
graduó de la carrera de licenciatura en Ciencias Jurídicas. Luego, movido por su vocación académica y la
búsqueda de profesionalizarse, según reseñó un viejo compañero de aula, se ocupó de impartir por el año
1990 la materia de Derecho Civil sobre Contratos en su Alma Mater. Al tiempo que se desempeñó como
Coordinador del Socorro Jurídico. También ejerció la docencia en la Universidad Evangélica y Universidad
Politécnica. Para algunos conocidos de esa época, el abogado Rogel Zepeda, se presentaba como un hombre
de izquierda moderada con vocación social, que pretendía contribuir a humanizar la administración de
justicia. Estas mismas personas reflexionan ahora, que aquellos eran impulsos de una adolescencia tardía
que pronto quedarían en el olvido cuando el joven Rogel Zepeda, entró en contacto con el Sistema Judicial.

DE JUEZ DE SENTENCIA A SUPRAMAGISTRADO
En su tránsito por el sistema judicial ocupó varias judicaturas, hasta que en el año 1998 es nombrado como
Juez Propietario para integrar el Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador, producto de la reforma total
de la legislación procesal penal en esa época. Uno de los casos más emblemáticos que debió resolver el
referido Tribunal, fue el caso de corrupción promovido contra Carlos Perla durante su gestión al frente de la
Administradora Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA). Proceso penal que fue promovido por el
entonces Agente Auxiliar del Fiscal General, Douglas Arquímides Meléndez y su equipo de trabajo (); quien
sostuvo la Acusación Penal hasta llegar a Juicio sobre la base de la declaración del testigo criteriado: Mario
Orellana. Un testigo sobre el que nunca se estableció claramente su situación de criteriado, ni el
procedimiento seguido para determinar el por qué se prescindió de la persecución penal de Orellana, todo
bajo la anuencia de la Jueza Noveno de Instrucción de San Salvador, donde se tramitó la fase de instrucción.

Fue así que el Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador, integrado por los Jueces José Isabel Gil Cruz,
Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Martín Rogel Zepeda, dictó Sentencia Condenatoria contra Carlos Perla, el
día 25 de julio de 2007. Siendo importante destacar que el Tribunal no estimó el testimonio de Mario
Orellana, a quien Fiscalía no acusó y mantuvo en la ambigüedad de ser o no criteriado, declarando el
Tribunal que era obligación de Fiscalía perseguir penalmente a Mario Orellana, lo que el órgano acusador
nunca hizo. ()

El Juez Sánchez Escobar, años después dejaría la judicatura y sería nombrado magistrado de la Cámara
Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, magistratura que por esas casualidades de la vida,
ocupa actualmente como titular el entonces Juez Martín Rogel, que curiosamente ha seguido los pasos de su
antiguo compañero de juzgamiento, como si se tratase de un bloque judicial que pretende mantener una
misma línea de trabajo, con fallos polémicos, en los que se ocultan carencias contenidas en los Recursos y
motivaciones de las acusaciones formuladas por la Fiscalía y se omite profundizar sobre hechos o prueba
que desacredite las acusaciones para ratificar o producir órdenes de detención, provocando hacinamiento
carcelario.

Durante los primeros días de diciembre del año 2014, en una entrevista radial, el entonces Juez Martín Rogel, realizó una serie de pronunciamientos que años después vienen a ser esclarecedores sobre su actitud y
decisiones en el juzgamiento preciso de ciertos casos y personas, lo cual cuestiona totalmente su
independencia e imparcialidad. De hecho, en la misma, refiriéndose al tema del uso de aviones privados
para realización de actividades instituciones por parte del entonces fiscal General, Luis Martínez, el Juez
Rogel, llegó a decir:

“La utilización de aviones privados por parte del fiscal general de la república para acudir a algunos
compromisos en el exterior debe ser aclarada lo más pronto posible consideró hoy el juez tercero de
Sentencia.”

Martín Rogel explicó que el “uso de aviones privados por parte de fiscal Luis Martínez es una situación
embarazosa y hay que verlo a la luz de la ética”.

Aunque reconoce que esta institución estatal tiene algunas limitaciones en los recursos con que funciona,
eso no justifica que acceda a utilizar aviones de un empresario que tiene una causa abierta y es objeto de
investigación. ()

Tales declaraciones desde cualquier punto de vista, no podrían ser expresadas por una autoridad judicial;
sin embargo, esto se agrava al revisarlo desde el hecho que un par de años más tarde, el Juez que adelantó
un criterio sobre los mismos, terminaría por conocer y juzgar los expedientes penales del exfiscal Luis
Martínez, tanto en la Cámara Primera, como la Cámara Segunda de San Salvador, de forma simultánea.

Y es que el día 20 de septiembre de 2016, en Sesión de Corte Plena, se decidieron trascendentales cambios
en las personas encargadas de administrar justicia en sedes judiciales seleccionadas, trasladando a los
titulares y nombrando nuevos Jueces y Magistrados. Sobre esa decisión una persona cercana a los
Magistrados de Corte Suprema de Justicia, bajo reserva de identidad reconoció que esa decisión de trasladar
a jueces con muchos años y experiencia para nombrar otros venidos de la periferia, tuvo a la razón dos
motivos fundamentales, el primero una clara exigencia del entonces fiscal general de la República, por
designar en juzgados y Cámaras específicas a personas que respondieran a sus exigencias y peticiones,
según su repetido “crucigrama de jueces”; y de otra, la designación de Jueces afines a los entonces
Magistrados de la Sala de lo Constitucional, ahora ya fuera del cargo, pero que en su momento controlaron
toda la orientación de aplicación de justicia de acuerdo a sus criterios y bajo intereses desconocidos.
Precisamente, en la Sesión indicada se acordó “limitar el llamamiento de la doctora Victoria Domínguez de
Palacios a la Cámara Tercera de lo Penal, y llamar al licenciado Martín Rogel Zepeda a cubrirla. (Acta de las 9
horas de la Sesión de Corte Plena de fecha 20 de septiembre de 2016)”.

Luego, en el curso de interposición de apelaciones en el caso “Rais-Martínez”, y ante la excusa de las
magistradas titulares de la Cámara Segunda de lo Penal de San Salvador, la Sala de lo Penal nombró
magistrado suplente del mencionado Tribunal, al licenciado Martín Rogel Zepeda, es decir, que éste se
encontraba nombrado en la suplencia total de la Cámara Tercera y en una suplencia parcial en la Cámara
Segunda de lo Penal, de forma simultánea.

Al ser entrevistado al respecto de las declaraciones realizadas tiempo atrás por el entonces Juez Martín
Rogel, el año 2014, que ahora está impartiendo justicia sobre el caso “Rais-Martínez”, el abogado Hernán
Cortez, quien ha intervenido como defensor en esa causa, manifestó que “efectivamente conocieron ese
pronunciamiento al tiempo que la Sala de lo Penal nombraba como magistrado Suplente de la Cámara
Segunda de lo Penal de San Salvador, al licenciado Rogel, en el año 2018; no obstante recusarlo, éste ha
seguido conociendo del caso y bloqueando permanentemente cualquier discusión sobre la ilicitud de la
prueba y otros hechos irregulares con los que fiscalía formó la acusación. Pero además llama la atención, de
cómo en diciembre del año 2014, el señor Rogel, hace referencia a que el empresario dueño de los aviones
(Enrique Rais) tenía causas abiertas y era objeto de investigación, cuando a esa fecha no existía judicialización de causa alguna, más parecería que alguien le estaba dando esa información extraoficialmente por algún motivo”, apuntó el abogado consultado.

De hecho, también recuerda el Abogado Hernán Cortez, que precisamente al momento de resolver el primer
incidente de apelación que estuvo en su conocimiento, lo que hizo el magistrado Rogel, fue certificar
expediente informativo contra el abogado Cortez y otros profesionales que estaban ejerciendo la defensa de
varios imputados, ante la Sección de investigación profesional, dejando marcado el franco interés por
obstaculizar la defensa técnica en el proceso, lo cual representa un sesgo de actuación y además vulnera la
garantía de ser juzgado por un juez imparcial.

Se trata, apunta el abogado Hernán Cortez, del mismo magistrado del cual consta en acta de Sesión de Corte
Plena, que solicita la garantía del recurso judicial efectivo y que por el contrario lo que estaba haciendo con
su decisión era limitando la defensa técnica de los procesados. De hecho relata el contenido de esa acta que
“(el) magistrado Rogel indica que el acceso a la justicia y el conocimiento de los recursos en un tribunal
superior, propone que se dé lugar a la aplicación del artículo veinticinco de la Convención Interamericana de
Derechos Humanos…”, reza el acta de la Sesión de Corte Plena de fecha 31 de octubre de 2017.

Finalmente, a finales de noviembre de dos mil dieciocho, la Corte Suprema de Justicia, designa al licenciado
Martín Rogel, como titular de la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador, con lo cual se le asigna el
conocimiento y resolución del caso “Corruptela” en el que recientemente el día 13 de marzo de 2019, acaba
de confirmar las detenciones a varios procesados, revocar medidas sustitutivas e imponer unas cauciones a
otros procesados que no corresponden a ningún parámetro objetivo de capacidad financiera para poder
cumplirlas, con lo que no tendrán otro camino que ser detenidos. Curiosamente esta decisión se adopta al
momento en que se ha conocido públicamente que el caso “Corruptela” se construyó sobre declaraciones
falsas en virtud de amenazas psicológicas y hasta físicas efectuadas por el exfiscal general, Douglas
Meléndez y algunos de sus sub alternos más allegados, por lo que a criterio de algunos abogados penalistas
consultados, el Tribunal, debió conocer previo a resolver el recurso, la verdad sobre esas declaraciones de
fiscales y empleados de fiscalía que brindaron testimonios falsos y confrontarlos con los hechos de la
acusación. Por el contrario, se justifican falsamente en que existe “peligro de fuga” y revocan las medidas,
cuando las personas ahora detenidas estaban realizando sus actividades habituales confiando en que se
daría pronta y cumplida justicia. Por el contrario, ahora están siendo objeto de una detención que se puede
calificar como ilegal.

A todo esto, la realidad muestra que el licenciado Martín Rogel, se encuentra incidiendo y decidiendo de
forma simultánea en las tres Cámaras Penales de San Salvador, sobre casos emblemáticos, especialmente
los relacionados con el exfiscal Luis Martínez, el expresidente de la República Mauricio Funes y el empresario
Enrique Rais, con lo cual se ha convertido en un supramagistrado que controla y da criterio a los tres
tribunales, en casos específicos, sobre hechos en que ya había adelantado criterio, dejando en evidencia su
falta de imparcialidad y dejando una pregunta al aire, ¿Cuál es el interés de fondo para designar al lic. Rogel
como Magistrado en las Cámaras Primera (Propietario), Segunda (Suplente) y Tercera (suplente) para
conocer simultáneamente de casos específicos de trascendencia nacional?.

Uno de los abogados consultados, manifestó que “estamos ante un hecho sin precedentes, una sola
persona, administrando justicia en tres tribunales de Segunda Instancia de la misma circunscripción y sobre
casos vinculados entre sí, que evidentemente constituye un fraude de ley, que ha pretendido que no viola el
juez natural, cuando en realidad si lo hace.” Finalmente destacó que “ante toda esta ilegalidad, es una buena
expectativa la creación de una CICIES, que vendrá a permitir un control sobre el mismo Sistema Judicial, que
como en este caso, parece estar actuando sin control alguno, en perjuicio de las personas que por
manipulación de pruebas están sometidos a procesos penales y peor aún a sufrir de una detención ilegal.”

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