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De conformidad con lo regulado en el artículo 10 del Código de Salud vigente, las autoridades anunciaron la apertura del período de candidatos a conformar el Consejo Superior de Salud Pública (CSSP).
La inscripción de los candidatos se hará con base en planillas, no podrán inscribirse listados que estén incompletos.
Durante el período previo a la elección, los miembros de las planillas participantes podrán desarrollar sus actividades de propaganda.
Los interesados podrán retirar la solicitud de inscripción y documentación para la inscripción de planillas de candidatos.
“Cada planilla deberá presentar hoja de Autorización de Representante de Planilla, en la cual designará una dirección electrónica y un máximo de dos representantes por planilla para recibir notificaciones”, explicaron las autoridades del CSSP.
Una vez que reciban la notificación oficial sobre su inscripción, las planillas podrán comenzar a publicar su propaganda en los medios que establece la normativa vigente.
Según el Código de Salud, los candidatos podrán ejercer la vigilancia del proceso electoral el día de las votaciones.
Los electores interesados en participar en la votación deben reunir los requisitos establecidos en la normativa vigente.


