Foto | CJES
Cinco integrantes de una familia fuero condenados por el Tribunal Primero de Sentencia de San Salvador tras ser encontrados culpables de la desaparición de una empleada de gasolinera, durante el año 2023, informó Centros Judiciales El Salvador (CJES), la tarde del viernes.
Según el informe de CJES, Juan Pastor Nieto Rivera recibió una pena de 25 años de prisión tras encontrarlo culpable del delito de desaparición forzada de personas en calidad de autor directo, en perjuicio de su pareja sentimental, Leydi Ester Cabrera, de 41 años de edad.
Los hechos ocurrieron el 19 de mayo de 2023, cuando Rivera llegó a recoger a la víctima al finalizar su jornada laboral en una gasolinera ubicada en Loma Linda, calle a Huizúcar, San Salvador. Tras ello, se dirigieron a la vivienda del imputado, en el cantón Las Casitas, Santo Tomás, donde sostuvieron una discusión de pareja.
Desde ese día, la familia de la víctima no volvió a tener contacto con ella. Al consultarle al procesado si había tenido comunicación con ella, este lo negó, por lo que decidieron reportarla como desaparecida. Las investigaciones, con apoyo de registro de antenas telefónicas, confirmaron que el último lugar donde se tuvo registro de la víctima fue en la vivienda de su pareja.
Autoridades detallaron que la familia del responsable no participó directamente del hecho, sin embargo, le aconsejaron que huyera y por ello fueron hallados culpables en calidad de cómplices no necesarios.
Responden a los nombres de María Isabel Rivera Nieto, Yeni Nieto Sánchez Rivera, Germen Nieto Hernández y Óscar Armando Calleja Valencia, a quienes el Tribunal condenó a 15 años de cárcel.
“Durante el juicio, un testigo de cargo señaló que los demás imputados —familiares de Juan Pastor Nieto Rivera— acudieron a la vivienda durante el período en que ocurrió la desaparición y le aconsejaron que huyera. Con base en prueba periférica incorporada en la vista pública, el Tribunal concluyó que los condenados facilitaron que el imputado evadiera a la justicia y que, hasta la fecha, se desconozca el paradero de la víctima”, concluyó CJES.