Por: Francisco Narváez

Con 48 votos, la Asamblea Legislativa aprobó este jueves una disposición transitoria para proteger a los trabajadores en condición médica vulnerable frente al COVID -19.

Los diputados otorgaron 30 días más para que estos trabajadores en condición vulnerable no asistan a sus lugares de trabajo y se resguarden en su vivienda.

Las personas a las que protegen estas disposiciones son mujeres en estado de embarazo de alto riesgo, mayores de 60 años con enfermedades crónicas, personas con insuficiencia renal crónica, trasplantadas, convalecientes de COVID-19 en su primer mes de recuperación, con  hipertensión arterial sistémica y pulmonar complicada descompensadas,  diagnosticadas y en tratamiento por cáncer,  con tratamiento de inmunosupresores, con enfermedades pulmonares crónicas descompensadas y  con obesidad mórbida.

En dichos casos, la normativa define el resguardo domiciliar. En consecuencia, no se podrán ver afectados laboralmente durante la vigencia de la presente ley  y en la medida de lo posible, dependiendo del tipo de funciones de cada trabajador, los empleadores deberán asignarle laborales bajo la modalidad de teletrabajo. Estas medidas aplican tanto para el sector público como el privado.

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San Salvador, El Salvador

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