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Por: Redacción El Blog
18 enero, 2023

Adelson Enrique M. G. fue denunciado por su excompañera de vida por el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia económica, el sujeto debía pagar una cuota mensual para la manutención de su hijo menor.

Sin embargo, desde mediados del 2022 pasado el acusado no pagaba la cuota impuesta por la Procuraduría General de la República y adeuda hasta diciembre de 2022 la cantidad de 465 dólares.

El Juzgado Cuarto de Paz de Soyapango, en audiencia inicial, autorizó la conciliación por el monto de 465 dólares, que el acusado deberá pagar mensualmente 25 dólares más 65 dólares que corresponde a la mensualidad de la cuota alimenticia, en total debe cumplir con el pago mensual de 90 dólares por el plazo de 19 meses.

Incumplimiento de los deberes de asistencia económica: En el delito en alusión, el bien jurídico protegido es el derecho del menor de edad a percibir los medios indispensables de subsistencia, debiendo entenderse por estos los necesarios a su alimentación, vestido, alojamiento, higiene, sanidad y educación.

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San Salvador, El Salvador

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