Foto archivo.
En julio del año pasado, el imputado Ricardo Antonio R. se divorció de su cónyuge con quien había procreado dos hijos. Entre las partes accesorias del proceso se acordó la imposición de cuota alimenticia en un Juzgado de Familia de Santa Ana, en la que se determinó que el imputado pagaría 260 dólares mensuales.
Sin embargo, la madre de los niños interpuso la demanda porque el imputado no canceló los meses de agosto, septiembre y octubre del año 2022 y enero de 2023.
Ante ello, se emitió una orden de descuento para ser presentada en la empresa donde el incoado labora y fue de esa manera que únicamente pagó noviembre y diciembre de 2022, ascendiendo lo adeudado a 1 mil 040 dólares. En virtud de ello, el Juzgado de Familia certificó a la Fiscalía y el caso se judicializó.
El Juzgado Segundo de Paz de Santa Ana realizó audiencia inicial por este caso y habilitó la fase de instrucción formal sin medidas contra el imputado por el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia económica en perjuicio de sus dos hijos de nueve y tres años de edad.